Demandas de comunidades indígenas son justas; Congreso debe atenderlas: Alfredo Ramírez

Morelia, Michoacán, 06 de diciembre del 2019.- El Congreso del Estado no puede ignorar a las comunidades indígenas que demandan reconocimiento a sus derechos en la ley, y certeza jurídica para su organización comunitaria, afirmó Alfredo Ramírez Bedolla y sentenció que la omisión del Legislativo no debe propiciar ingobernabilidad en los pueblos originarios.

Autoridades comunales de Arantepacua, San Felipe, Santa Fe, y Pichátaro, señalaron que contemplan promover una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra del Congreso de Michoacán por no legislar en materia indígena; no obstante, antes de emprender su lucha legal buscan diálogo con los diputados de la LXXIV Legislatura.

Alfredo Ramírez dijo que el Congreso del Estado se encuentra en condiciones de evitar un recurso legal en su contra, ya que desde el pasado 11 de abril se encuentran en las comisiones de Asuntos Electorales y Participación Ciudadana, Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales, y Justicia, dos iniciativas de reforma que él presentó con el propósito de atender varias necesidades de pueblos indígenas.

Añadió que las demandas de los pueblos originarios son legítimas, ya que los hechos han demostrado que temas como el ejercicio del presupuesto directo y la elección de autoridades auxiliares son un factor que, ante la falta de certeza jurídica, dividen a las comunidades, y las confrontan con los gobiernos municipales.

Alfredo Ramírez convocó a las comisiones referidas a instalar una mesa de trabajo para analizar sus iniciativas de reforma junto con representantes de comunidades y especialistas en derecho indígena -como los que integran el Colectivo Emancipaciones-, con el propósito de fortalecer el marco legislativo, dictaminar y someter en breve las iniciativas a votación del pleno del Congreso del Estado.

Algunos de los planteamientos relevantes en las reformas presentadas por Alfredo Ramírez Bedolla son el reconocimiento del presupuesto directo como un derecho de pueblos indígenas, y la elección de autoridades auxiliares por parte del Instituto Electoral de Michoacán.

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